Asistencia legal gratuita sin costo para obtener la patria potestad de un hijo o hija

La Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) ofrece a través de sus abogados y abogadas un servicio gratuito de asesoría jurídica para aquellas personas que deseen obtener la patria potestad de sus hijos e hijas. La patria potestad es un conjunto de derechos y deberes que corresponden a los padres o madres sobre los bienes y la persona de sus hijos e hijas que no estén emancipados. Esto significa que, en términos legales, los hijos e hijas menores de edad están bajo la tutela de sus padres y, por ende, estos tienen la responsabilidad de tomar decisiones importantes en su vida.

La asesoría jurídica gratuita que ofrece la CAJ en materia de patria potestad es una herramienta invaluable para aquellos padres y madres que deseen hacer valer sus derechos y responsabilidades respecto a sus hijos e hijas. Los abogados y abogadas de la CAJ cuentan con la formación y experiencia necesarias para guiar a los padres y madres en el proceso de obtener la patria potestad de sus hijos e hijas, y les brindan la información necesaria para tomar decisiones informadas en cuanto a los pasos legales que deben seguir.

Es importante destacar que el servicio de asesoría jurídica gratuito que ofrece la CAJ es accesible para todas las personas, independientemente de su situación económica o social. De esta manera, se garantiza el acceso a la justicia y se fomenta el ejercicio pleno de los derechos y deberes de los padres y madres respecto a sus hijos e hijas. Por lo tanto, si necesitas obtener la patria potestad de tus hijos e hijas, no dudes en acudir a la CAJ para recibir la asesoría jurídica que necesitas.

De acuerdo con las medidas de seguridad sanitaria por covid-19, impartidas por el Ministerio de Salud, la atención en las oficinas de la CAJ están suspendidas.

  • Puede solicitar asesoría jurídica a la CAJ Metropolitana (con competencia sobre las regiones de O’Higgins, Maule, Magallanes y Metropolitana) y a la CAJ de Tarapacá (con competencia en las regiones de Arica y Parinacota, de Tarapacá y Antofagasta), a través del formulario en línea.
  • Para comunicarse con CAJ de Valparaíso (con competencia en las regiones de Atacama, Coquimbo y Valparaíso), ingrese al formulario de consulta.
  • Si desea contactarse con CAJ del Biobío (con competencia sobre las regiones de Biobío, Araucanía, de los Lagos, Aysén, Ñuble y de los Ríos), revise la información de contacto.

A quiénes va dirigido

Este servicio está dirigido a padres o madres de hijos e hijas menores de edad que necesitan solicitar la patria potestad y no cuentan con los recursos económicos para contratar un abogado o abogada particular. Para determinar la elegibilidad, los y las profesionales de la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) realizarán una evaluación jurídica.

Las personas que cumplan con los criterios socioeconómicos o pertenezcan a grupos definidos como vulnerables, podrán acceder al patrocinio o firma de abogado o abogada, así como a la tramitación del juicio, de forma gratuita. Para obtener más información, consulte con la CAJ.

Detalles importantes sobre la patria potestad en el derecho civil

La patria potestad es un conjunto de derechos y deberes que corresponden a los padres o madres sobre sus hijos e hijas menores de edad que no se encuentran emancipados, es decir, que no han alcanzado la mayoría de edad ni han sido liberados de una subordinación o dependencia con respecto a sus progenitores. Es importante conocer los detalles de esta figura jurídica para ejercerla adecuadamente y garantizar el bienestar de los menores.

Entre los derechos que se contemplan en la patria potestad, se encuentra el derecho legal de goce sobre todos los bienes del hijo o hija, así como el derecho de administración sobre los mismos. Además, los padres o madres tienen la representación legal del hijo o hija no emancipado o emancipada.

La patria potestad puede ser ejercida por ambos padres conjuntamente, siempre y cuando estén de acuerdo y lo hayan suscrito por escritura pública o acta extendida ante cualquier oficial del Registro Civil, que se subscribirá al margen de la inscripción de nacimiento del hijo o hija dentro de los treinta días siguientes a su otorgamiento. Si no hay acuerdo, serán el padre y la madre, en conjunto, los titulares del ejercicio de la patria potestad.

En caso de desacuerdo entre los progenitores, el juez o jueza puede intervenir y tomar una decisión que beneficie al menor. Asimismo, cuando el interés del hijo o hija lo haga indispensable, a petición de uno de los padres, el juez o jueza podrá confiar el ejercicio de la patria potestad al padre o la madre que carecía de él, o radicarlo en uno solo de los padres, si la ejercían conjuntamente. Cabe destacar que esta resolución se subinscribirá dentro del plazo de 30 días.

En los casos de separación de los padres, la patria potestad será ejercida por aquel que tenga a su cargo el cuidado personal del hijo o hija. Esto puede ser el padre, la madre o ambos de manera compartida. Es importante tener en cuenta que la patria potestad no puede ser objeto de renuncia ni cesión.

En definitiva, es fundamental conocer los detalles y alcances de la patria potestad para poder ejercerla adecuadamente y garantizar el bienestar de los hijos e hijas menores de edad. Si tienes dudas o necesitas asesoría jurídica, recuerda que puedes acudir a la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ), donde podrás recibir orientación gratuita de profesionales del derecho.

Requisitos para el trámite de obtención de la patria potestad

  • Cédula de Identidad de la parte demandante.
  • Certificados de nacimiento del hijo o hija.
  • Certificados de defunción, en caso de que alguno de los padres haya fallecido.
  • Copias de inscripción de dominio de inmueble de propiedad del hijo o hija.
  • Certificados de avalúo fiscal de inmueble de propiedad del hijo o hija.
  • Tasación de los bienes inmuebles o muebles de valor de propiedad del hijo o hija.
  • Copia de sentencia, en el caso de que el solicitante tenga el cuidado personal del hijo o hija, o sentencia de medida de protección, si la hubiere.
  • Certificados médicos pertinentes.
  • Nombre, domicilio, profesión u oficio del demandado, si lo hubiere.
  • Clave Única entregada por el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI). La Clave Única es necesaria para hacer el seguimiento del estado de la causa en el sistema en línea del Poder Judicial.

Es importante destacar que estos son los requisitos generales y que pueden variar según el caso particular. Además, se debe tener en cuenta que el proceso de obtención de la patria potestad puede requerir la asesoría de un abogado o abogada, lo cual puede ser otorgado de manera gratuita por la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) en caso de cumplir con los criterios socioeconómicos o pertenecer a grupos definidos como vulnerables. Para mayor información, se puede acudir a la oficina de la CAJ más cercana.

Vigencia de la asesoría y defensa jurídica

La asesoría y defensa por parte del abogado o abogada especialista en la materia se extenderá durante todo el proceso de tramitación del juicio, desde el momento en que se presenta la solicitud hasta su conclusión. Es decir, el profesional de la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) brindará asesoría y defensa gratuita a los padres o madres que buscan obtener la patria potestad de sus hijos e hijas menores de edad hasta que se dicte la sentencia correspondiente. De esta manera, se garantiza que los demandantes reciban la orientación y el apoyo necesarios durante todo el proceso judicial sin costo alguno.

Costo del trámite y apoyo económico

La Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) brinda servicios gratuitos de orientación e información a todas las personas naturales que necesiten asesoramiento legal en temas de patria potestad.

Además, la CAJ proporciona apoyo económico gratuito para la tramitación del juicio y la firma de abogados o abogadas a personas de bajos recursos que no pueden costearlos. Para acceder a este beneficio, la CAJ realiza una evaluación socioeconómica a través de un asistente social, quien determinará si el solicitante cumple con los criterios necesarios para ser representado judicialmente por un profesional de la CAJ.

Marco Legal

El marco legal que regula la patria potestad se encuentra en los artículos 243 y siguientes del Código Civil.